Santo Domingo.- El Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró inadmisible de oficio la acción de amparo presentada el pasado 17 de junio por la Fundación Foro Cívico y Social e Isaías Ramos Guzmán contra la Junta Central Electoral (JCE), según informó el organismo mediante una nota oficial.
La decisión fue adoptada de manera unánime por los jueces del tribunal, amparándose en las disposiciones contenidas en el artículo 104 de la Ley 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales.
La acción judicial buscaba que el tribunal conociera una supuesta omisión o respuesta insuficientemente motivada por parte de la Junta Central Electoral, incluyendo solicitudes relacionadas con tutela de certeza electoral, amparo de cumplimiento y la emisión de una respuesta expresa y motivada por parte del órgano electoral.
Asimismo, los accionantes solicitaban la implementación de una ruta administrativa de certeza y contingencia sustentada en diversas normativas legales y precedentes constitucionales vigentes.
El TSE dispuso que la sentencia sea notificada formalmente a las partes involucradas a través de la Secretaría General y posteriormente publicada en el Boletín Contencioso Electoral para los fines correspondientes.
En una decisión separada, el Tribunal Superior Electoral también se declaró incompetente para conocer una demanda en nulidad relacionada con una asamblea de la Federación Dominicana de Distritos Municipales (Fedodim).
La acción había sido interpuesta por Willy Antonio Céspedes Guzmán, Ramón Antonio Ramírez de la Rosa y Joaquín de la Cruz Reyes contra la presidencia de Fedodim, la Comisión Electoral de esa entidad, la Liga Municipal Dominicana y el Partido Revolucionario Moderno (PRM).
Como resultado de esta decisión, el tribunal ordenó el archivo definitivo del expediente y dispuso remitir las actuaciones correspondientes al distrito municipal de Verón-Punta Cana, en la provincia La Altagracia.
Las decisiones forman parte de las atribuciones jurisdiccionales del Tribunal Superior Electoral en materia contenciosa electoral y administrativa, dentro del marco legal establecido por la legislación dominicana.

