SANTO DOMINGO.– La vicepresidenta Raquel Peña firmó por primera vez decretos que autorizan la extradición de ciudadanos dominicanos requeridos por la justicia de Estados Unidos, mientras se encontraba encargada del Poder Ejecutivo. Las disposiciones abarcan tres casos con acusaciones relacionadas con narcotráfico, delitos contra la vida y fraude electrónico.
Mediante los decretos 716-26, 717-26 y 718-26, se dispuso la entrega de Darío Bautista, Ramón Joaquín Romero Bastardo y Luis Arismendy Paca Méndez, respectivamente, para responder a los procesos abiertos en su contra.
El Decreto 716-26 autoriza la extradición de Darío Bautista, solicitado a partir de una acusación formal presentada el 28 de agosto de 2025 ante el Tribunal de Distrito de Estados Unidos para el Distrito de Puerto Rico.
A Bautista se le atribuye asociación delictuosa para importar a Puerto Rico cinco kilogramos o más de una mezcla o sustancia que contenga una cantidad detectable de cocaína. El señalamiento corresponde a la acusación que fundamenta su requerimiento.
Por su parte, el Decreto 717-26 dispone la extradición de Ramón Joaquín Romero Bastardo, requerido mediante el expediente IND-74900-24, presentado el 29 de octubre de 2024 ante la Corte Suprema del Estado de Nueva York, en el condado del Bronx.
Los cargos enumerados contra Romero Bastardo incluyen asesinato en segundo grado, homicidio involuntario en primer grado, agresión en grupo en primer grado, agresión en segundo grado y posesión ilícita de un arma en cuarto grado.
La tercera disposición, contenida en el Decreto 718-26, autoriza la extradición de Luis Arismendy Paca Méndez, solicitado por el Tribunal de Distrito de Estados Unidos para el Distrito Este de Nueva York.
Su requerimiento se sustenta en una acusación sustitutiva presentada el 12 de febrero de 2026, en la que se le imputa asociación delictuosa para cometer fraude electrónico.
Los tres decretos condicionan las entregas al cumplimiento, por parte de Estados Unidos, de la garantía prevista en el artículo 6 del Tratado de Extradición entre ambos países, aprobado mediante la Resolución 507-16, del 10 de junio de 2016.
Las disposiciones autorizan las extradiciones, pero no constituyen decisiones sobre la culpabilidad de los requeridos. Las acusaciones deberán ser conocidas por los tribunales correspondientes en las respectivas jurisdicciones estadounidenses.

