La Sala de Tutelas número tres de la Corte Suprema de Justicia confirmó este jueves la libertad del expresidente Álvaro Uribe Vélez, respaldando la decisión del Tribunal Superior de Bogotá, que había revocado la medida de detención domiciliaria inmediata dictada en su contra a inicios de agosto.
La Corte concluyó que la orden de arresto carecía de fundamentos claros y suficientes, lo que vulneraba derechos fundamentales como la presunción de inocencia y el debido proceso.
El origen del caso
El 1 de agosto de 2025, el Juzgado 44 Penal del Circuito de Bogotá condenó a Uribe a 144 meses de prisión y al pago de una multa superior a 2.400 salarios mínimos, por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal. El fallo incluía detención inmediata, decisión que la defensa apeló.
El 19 de agosto, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá revocó esa orden y expidió la boleta de libertad, señalando que los argumentos eran “vagos, imprecisos e indeterminados”, sin demostrar riesgo de fuga ni peligro social.
Fiscalía y víctimas impugnaron
La Fiscalía y representantes de víctimas, entre ellos el senador Iván Cepeda, impugnaron la medida. Sin embargo, la Corte Suprema reiteró que la libertad es la regla en el proceso penal y que su restricción debe ser excepcional y debidamente justificada.
“Una cosa es explicar y otra justificar una decisión”, subrayó la providencia, criticando que el juzgado apelara a conceptos generales como la “convivencia ciudadana” o la “percepción social” sin pruebas concretas.
No anula la condena
El alto tribunal aclaró que su decisión no elimina la condena contra Uribe, sino que suspende los efectos de la detención hasta que el recurso de apelación sea resuelto en segunda instancia.
Tutelas improcedentes
La Corte también resolvió tutelas presentadas por simpatizantes del Centro Democrático, entre ellos Gabriel Jaime Vallejo Chujfi y Jesús Baena Álvarez, declaradas improcedentes al no probar afectación directa de sus derechos.
La Sala recordó la sentencia SU-220 de 2024 de la Corte Constitucional, que permite el uso de la tutela cuando una captura carece de motivación suficiente.
