El presidente Luis Abinader emitió el decreto 517-25, mediante el cual declara de emergencia nacional las compras y contrataciones de bienes, servicios y obras destinadas a incrementar la capacidad de generación eléctrica y fortalecer la estabilidad del Sistema Eléctrico Nacional Interconectado (SENI).
El decreto, fechado el 8 de septiembre de 2025, tendrá vigencia de 12 meses y busca garantizar la continuidad del suministro eléctrico ante el aumento sostenido de la demanda, que este año ha alcanzado picos de más de 3,850 megavatios.
Medidas autorizadas
La disposición establece que, bajo el procedimiento de excepción por emergencia nacional, las autoridades podrán:
-
Incorporar nuevas plantas de generación térmica de respuesta rápida.
-
Desarrollar sistemas de almacenamiento de energía a gran escala.
-
Adquirir equipos de distribución y medición para modernizar la red.
-
Ejecutar proyectos de rehabilitación y expansión de redes eléctricas.
El decreto instruye a EDESUR, EDENORTE, EDEESTE, la Empresa de Generación Eléctrica Punta Catalina (EGEPC) y la Empresa de Generación Hidroeléctrica Dominicana (EGEHID) a gestionar las contrataciones a través del Portal Transaccional de Contrataciones Públicas, bajo los mecanismos establecidos para casos de excepción.
“Todos los procesos dispuestos en el artículo primero del presente decreto deberán ejecutarse con la claridad que amerita la situación de emergencia, con el objetivo de dotar al SENI de capacidad adicional firme, flexible y de rápida respuesta, que garantice la continuidad y estabilidad del suministro de electricidad a nivel nacional”, señala el documento presidencial.
Supervisión y control
El presidente designó al Gabinete Eléctrico como responsable de coordinar y supervisar la ejecución de las medidas establecidas. Este deberá:
-
Rendir informes periódicos al Poder Ejecutivo, a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas.
-
Publicar los resultados de la ejecución en portales institucionales.
De acuerdo con el decreto, la emergencia se extinguirá automáticamente al cumplirse el plazo de un año, salvo que sea prorrogada mediante una nueva disposición presidencial que lo justifique.
