SANTO DOMINGO.– La defensa de Antonio y Maribel Espaillat López interpuso un recurso de apelación contra la resolución que modificó la calificación jurídica del proceso por la tragedia del Jet Set, al sostener que la decisión vulnera el principio de legalidad penal, la presunción de inocencia y el derecho de defensa.
Los abogados solicitaron revocar y declarar nula la Resolución núm. 042-2026-TRES-00048, emitida el 15 de octubre de 2026 por la Cuarta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.
La disposición sustituyó la calificación de homicidio y golpes y heridas involuntarios por homicidio y golpes y heridas voluntarios, sustentados en la figura del dolo eventual. Según el recurso, la modificación fue promovida por partes querellantes, sin que el Ministerio Público se adhiriera a la solicitud.
Como argumento central, los recurrentes plantearon que la ley penal debe interpretarse de manera estricta y que las construcciones doctrinales no pueden emplearse para ampliar la responsabilidad de los imputados más allá de lo establecido por el legislador.
La defensa citó disposiciones del nuevo Código Penal sobre muertes por negligencia e incumplimientos de obligaciones de seguridad en establecimientos comerciales y lugares de espectáculos. A su juicio, esas previsiones respaldan su posición de que corresponde al legislador definir las conductas sancionables y sus consecuencias.
Sobre la posibilidad de recurrir la resolución, los abogados invocaron precedentes de la Suprema Corte de Justicia que, según explicaron, permiten apelar determinadas decisiones de manera excepcional. Fundamentaron su petición en la declaración de incompetencia que desapoderó al tribunal y en las alegadas vulneraciones de derechos fundamentales.
El recurso también atribuye al tribunal pronunciamientos anticipados sobre la responsabilidad penal de los hermanos Espaillat, cuando aún no había terminado la presentación de las pruebas de la acusación ni comenzado la correspondiente a la defensa.
Según los recurrentes, la resolución dio por acreditada la teoría acusatoria respecto de delitos dolosos antes de concluir el debate probatorio, lo que consideran incompatible con la presunción de inocencia y la imparcialidad judicial.
Asimismo, cuestionaron la aplicación de los artículos 327 y 328 del Código Procesal Penal. Sostuvieron que no correspondía decidir anticipadamente la variación solicitada y que no habían surgido hechos o circunstancias nuevos que justificaran el procedimiento utilizado.
Los abogados alegaron, además, que las partes acusadoras pudieron replicar, pero que el debate fue cerrado sin conceder a la defensa una contrarréplica ni permitir a los imputados intervenir sobre la petición. Consideraron que esto afectó la igualdad entre las partes y el principio de contradicción.
La defensa afirmó que sus planteamientos no buscan desconocer la magnitud de la tragedia, sino procurar que el expediente sea conocido con respeto a las garantías constitucionales. Solicitó continuar el juicio por homicidio y golpes y heridas involuntarios ante un tribunal unipersonal distinto del que emitió la resolución.
Corresponderá a la Corte de Apelación examinar la admisibilidad del recurso y los argumentos expuestos. La presentación de la impugnación no significa que la resolución haya sido anulada ni que se haya restablecido la calificación jurídica anterior.

