Santo Domingo.- El Colegio de Abogados de la República Dominicana, a través de su Tribunal Disciplinario, emitió la sentencia TDH-014-2026, mediante la cual dispuso la suspensión por un año en el ejercicio profesional de tres abogados, tras comprobar violaciones al Código de Ética del Profesional del Derecho.
Los sancionados son Lilia María Fernández León, Mariel María León Lebrón y Joel del Rosario Alburquerque, integrantes de la firma León & Raful, quienes fueron hallados responsables de incurrir en actuaciones procesales ilegales y previamente cuestionadas por múltiples tribunales del país.
El abogado Dionisio Ortiz Acosta explicó que la decisión se fundamenta en la violación de los artículos 1, 2, 3 y 4 del Código de Ética, tras evidenciarse un patrón reiterado de prácticas temerarias, abusivas y contrarias al debido proceso.
Según detalló, el proceso disciplinario estuvo sustentado en más de 20 decisiones judiciales emitidas por tribunales de primera instancia y cortes de apelación, que ya habían identificado irregularidades en las actuaciones de los juristas.
El caso se origina en el proceso de separación de bienes derivado del divorcio entre Juan Rafael Llaneza y María Amelia Hazoury, en el cual los abogados ejecutaron acciones judiciales sin base legal durante más de un año.
De acuerdo con Ortiz Acosta, estas actuaciones no solo afectaron a las partes involucradas, sino que también perjudicaron a terceros y empresas ajenas al conflicto, al ser incluidas de manera indebida en el proceso.
Asimismo, recordó que la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional ya había identificado una “irregularidad manifiesta” en dichas prácticas, calificándolas como temerarias y de mala fe.
La sanción impuesta por el CARD responde a la necesidad de garantizar el respeto a los principios de buena fe, lealtad procesal y uso adecuado de los mecanismos legales dentro del sistema de justicia.

