Este 16 de agosto es la fecha que anunció el presidente Luis Abinader para convocar Asamblea Nacional.
Mandatario espera sea el fin del caudillismo y el personalismo continuista.
Modificación a la Carta Magna eliminaría 53 diputaciones, de 190 que hay en la actualidad quedarían 137.
Se cambiaría la denominación de “procurador general administrativo” por la de “abogado general de la Administración Pública.
POR JACQUELINE MORROBEL
SANTO DOMINGO,RD.- El presidente Luis Abinader ofreció detalles este lunes en el encuentro con los periodistas La Semanal, sobre el anteproyecto de ley mediante el cual convocarán a una Asamblea Nacional Revisora para aprobar la propuesta de reforma a la Constitución.
Este 16 de agosto, el Poder Ejecutivo presentará el anteproyecto en el Congreso Nacional.
En el mismo se ratifica la propuesta de modificación a la Carta Magna que está centrada en un candado que impida cambiar los actuales términos de elección y reelección presidencial y que un particular pueda modificar esos puntos.
El propósito del presidente Luis Abinader es agregar una disposición general al artículo 278 de la Constitución, de la República, para que ningún funcionario de elección popular podrá beneficiarse de una reforma constitucional realizada durante su mandato, cuando esta sea sobre las reglas de postulación, elección y permanencia del cargo que ocupa”, reseña el articulo cuatro de la propuesta de ley.
Asimismo, está reforma constitucional también plantea la unificación de las elecciones presidenciales, congresuales y municipales desde el 2032.
También se presentará en la Asamblea Nacional la reducción de 190 a 137 la matrícula de los miembros de la Cámara de Diputados.
El jefe del Estado a través de una encuesta realizada a través de WhatsApp preguntó sobre la designación del Procurador General de la República se produzca por el Consejo Nacional de la Magistratura.
Igualmente, el Poder Ejecutivo anunció que propondrá modificar el artículo 166 de la Constitución, para cambiar la denominación de “procurador general administrativo” por la de “abogado general de la Administración Pública, que representará al Estado ante la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.
El abogado general de la Administración Pública recaerá sobre el titular de la “Oficina del Abogado General de la Administración Pública, dependencia del Poder Ejecutivo.