miércoles, diciembre 25, 2024
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Aprueban proyecto de ley para indemnizar a periodistas que renuncien por conciencia

SANTO DOMINGO RD.-La Cámara de Diputados aprobó este miércoles en primera lectura el proyecto de ley que busca garantizar la cláusula de conciencia como un derecho de los periodistas y comunicadores del país,

Con este proyecto de ley, los periodistas podrán recibir indemnización igual a los casos de renuncia cuando la empresa para la que trabaje atente contra su libertad ideológica.

La pieza del  proponente Tobías Crespo obtuvo 105 votos y fue ponderada en un informe que presentó el diputado Elpidio Báez,presidente de la comisión de Medios de Comunicación.

El proyecto de ley especifica que los periodistas podrán recibir una indemnización igual a los casos de renuncia, cuando la empresa para la que trabaje atente contra su libertad ideológica y otros aspectos.

El artículo 8 sobre la invocación detalla las circunstancias en las que los periodistas podrán utilizar el Código de Trabajo y la ley de función pública para quienes laboren en una institución del Estado, con la finalidad de defender sus derechos.

Los periodistas y comunicadores  invocarán la cláusula de conciencia ante los tribunales cuando en el medio se produzca “un cambio notable y sustancial” en el carácter de la publicación, programa, línea informativa o línea ideológica, siempre y cuando esta variación equivale a una situación “susceptible” de afectar el honor, la reputación o los intereses morales.

Asimismo, se le permitirá al escritor de noticias hacerlo cuando se produzca un cambio de titularidad en el medio de prensa. 

El proyecto de ley aclara que,  la cláusula de conciencia no puede ser ejercida por las empresas o instituciones propietarias de medios de comunicación contra los reporteros.

“El derecho a la cláusula de conciencia no está concebido para aplicarse en sentido inverso”, brindando protección únicamente para los hacedores de opinión pública y otras profesionales que informan a la ciudadanía.

Asimismo, en el caso de que un grupo empresarial tenga más de un medio de comunicación, deberá cuidar la “orientación profesional” del periodista si lo traslada de una plataforma a otra, ya que, de lo contrario, el afectado podría renunciar sin penalizaciones legales.

El numeral tres de este artículo dice “en el caso específico, cuando la empresa o institución traslade al periodista a otro medio del mismo grupo que por su género o línea suponga una ruptura patente con la orientación profesional.

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