Santo Domingo. – El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) emitió la resolución 013-2024, que prohíbe la circulación de vehículos de transporte de carga en todo el país durante los feriados de Navidad y Año Nuevo. La medida busca garantizar la seguridad vial durante estas festividades.
Para el feriado de Navidad, la restricción inicia el lunes 23 de diciembre a las 6:00 a. m. y se extenderá hasta el jueves 26 de diciembre a las 5:00 a. m. Para Año Nuevo, aplicará desde el lunes 30 de diciembre a las 6:00 a. m. hasta el jueves 2 de enero de 2025 a las 5:00 a. m.
Quedan exentos de esta medida los vehículos que transporten mercancías prioritarias o perecederas, como camionetas, furgonetas, ambulancias, cisternas de agua, y aquellos que brinden servicios de emergencia o mantenimiento en áreas como electricidad, telefonía, higiene urbana y asistencia vial. Sin embargo, no se otorgarán permisos a vehículos con cargas sobredimensionadas, sobrepeso o configuraciones como doble remolque.
El Intrant recordó que todos los vehículos pesados deben estar inscritos en el Registro Nacional de Vehículos de Carga y contar con permisos especiales protegidos con códigos QR, los cuales deben gestionarse antes del 21 de diciembre a través de su página web oficial.
El incumplimiento de esta disposición será sancionado con una multa equivalente a un salario mínimo del sector público descentralizado, según lo establecido en la Ley Núm. 63-17 y el reglamento 258-20. Además, se exigirá el cumplimiento de regulaciones como el uso de neumáticos en buen estado, la prohibición de luces LED y tuercas puntiagudas, y la velocidad máxima de 70 km/h para vehículos pesados, quienes deberán circular exclusivamente por el carril derecho en las carreteras.
Esta disposición refuerza el compromiso del Intrant con la seguridad y el orden vial durante las festividades, garantizando un tránsito más fluido y seguro en las principales vías del país.